martes, 9 de junio de 2015

Discrecional, la operación del programa de fertilizante

El Sur de Acapulco
La falta de controles institucionales en el programa de fertilizante lo ha convertido en uno de los programas más irregulares del estado de Guerrero. Sus reglas de operación son muy laxas, y muy pasiva y poco efectiva la intervención de las dependencias normativas, que deben vigilar y evaluar el programa, lo que origina toda clase de desviaciones y operaciones ilegales por parte de autoridades estatales, municipales y de no pocos productores que obtienen el insumo fuera de la norma.
Antes de 2007, el programa de fertilizante se ejecutaba sin reglas de operación, o por lo menos no hay evidencia ni documentos púbicos que hagan notar lo contrario. Era parte de su tradicional operación discrecional. Fue el 8 de junio de 2007, cuando se emitieron las primeras reglas de operación y desde entonces, se han emitido versiones cada uno o dos años, que poco han cambiado entre sí. La más reciente corresponde al Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del programa de fertilizante y transferencia de tecnología, para el ciclo p.v. 2014, publicado en el periódico oficial del gobierno el estado de Guerrero el 11 de abril de 2014.
Independientemente de que las reglas tienen vacíos importantes en cuanto a las responsabilidades de los diferentes actores institucionales y también respecto de las pocas facultades otorgadas a los productores para vigilar el programa, lo cierto es que el control elemental que sí propone ese documento normativo, no es acatado ni por la Secretaría de Desarrollo Rural ni por la Contraloría General del estado y tampoco por la Auditoría general del estado, instituciones que según las reglas de operación, deben cumplir acciones de vigilancia.
En este número abordamos sólo una de las irregularidades del programa y cómo las dependencias normativas simplemente no actúan como les corresponde.
Fertilizante adulterado
En el campo de Guerrero, los campesinos perciben que de unos años a la fecha, el fertilizante químico que les distribuyen los ayuntamientos “está rebajado” o ya no les funciona como antes. También se dan cuenta que los sacos que contienen el insumo no alcanzan el peso oficial que marcan las reglas de operación. Sin embargo, no hay protestas por este fraude porque consideran “que lo barato o regalado no se discute”.
Desde hace varios años buscamos evidenciar y documentar esta actividad fraudulenta de parte de los actores institucionales y todos esquivan sus responsabilidades. En ediciones anteriores reseñamos un reporte del gobierno del estado donde se analizó la calidad del fertilizante y los resultados fueron sorpresivos, ya que una buena cantidad del insumo que se entregó a los campesinos estaba adulterado.
Por medio de solicitudes de información presentadas tanto a la Seder como a la Contraloría General, buscamos respuestas a esta irregularidad, pero la mayoría de estos requerimientos no fueron contestados o se respondieron de manera parcial, por lo que concluyeron con la presentación de recursos de revisión o quejas ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información del estado. Pero ni con la intervención del ITAIG se han obtenido respuestas a las interrogantes y sí dan en cambio una percepción de impunidad.
Así, por ejemplo, en abril de 2014 solicitamos a la Seder información sobre las “Empresas que fueron ‘boletinadas’ por no cumplir con las reglas de operación del programa de fertilizante. Esta información desglosada por Empresa, Irregularidad en que incurrió, Sanción, Municipio que la contrató. Ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013.”
Al no responder la dependencia, se presentó en mayo de 2014 un recurso de revisión, que fue admitido por el órgano garante y se integró el expediente ITAIG/33/2014. La Seder argumentó que “dicha omisión se debió a problemas técnicos con el proveedor de internet de esa Dependencia”.
El ITAIG, en su resolución del 15 de octubre de 2014, fue claro ante esta excusa: “este argumento no es suficiente para justificar la falta de respuesta a una solicitud de información, en virtud de que la efectividad y garantía del derecho humano fundamental de acceso a la información no puede depender de la funcionalidad del servicio de internet”.
La Seder, entonces, al ser requerida a que respondiera la solicitud manifestó que “no cuenta con la información respecto de empresas boletinadas en el programa de fertilizante”, cuestionando que las empresas no se “boletinan” sino que se inhabilitan cuando cometen alguna irregularidad.
Sin embargo, en los convenios de colaboración entre el gobierno del estado y los ayuntamientos de este programa, la cláusula décimo tercera dice que “el ayuntamiento se obliga a contratar con empresas que no estén boletinadas por los órganos fiscalizadores y que cumplan con la norma oficial mexicana, quedando bajo su más estricta responsabilidad la contratación con las mismas, autorizando desde este momento a la Contraloría General del Estado y a la Secretaría de Desarrollo Rural, para hacer pública a nivel estatal en los subsecuentes ejercicios las irregularidades que se detecten al contratar con dichas empresas”.
El ITAIG emitió su resolución en la que ordena “proporcionar al recurrente la información relativa a las irregularidades derivados de los contratos celebrados por los Ayuntamientos del Estado con las empresas proveedoras de fertilizante (…) que hayan sido detectadas por esa Dependencia en los ejercicios fiscales2010. 2011, 2012 y 2013, indicando el nombre del proveedor, la irregularidad en que incurrió y la sanción impuesta en su caso”. Y dio un plazo de 10 días hábiles para cumplir la resolución.
Asimismo, el órgano garante formuló una amonestación pública a la Seder por no haber respondido a la solicitud de información dentro del plazo que establece la ley de transparencia.
No obstante la resolución del ITAIG, en abierto desacato, la Seder entregó como respuesta un escrito de media cuartilla, en hoja sin membrete de la Secretaría ni una firma que la avalara. Argumenta la Seder que “si bien es cierto que el H. Ayuntamiento autoriza a la Contraloría y a la Seder para hacer públicas a nivel estatal las irregularidades que se detecten al contratar los H. Ayuntamientos con las empresas, en ningún momento se especifica que la Contraloría y la Seder serán las encargadas de verificar tales irregularidades”.
Miente la Seder.  Las reglas de operación son muy claras sobre este punto: en el inciso 7.4 las reglas establecen que “con la finalidad de llevar un control real sobre los avances del programa, así como de corregir posibles retrasos o desvíos en la operación, la Secretaría (de Desarrollo Rural), la Contraloría y la Auditoría estarán facultadas para realizar visitas periódicas a los ayuntamientos para revisar: I. Volúmenes recepcionados y entregados a los Comités Locales. (…) IV. Especificaciones del fertilizante a entregar o entregado.
Hay pues una intención deliberada de la Seder para ocultar información o no están cumpliendo eficientemente con su trabajo.
Corresponde al ITAIG, ante el desacato de una de sus resoluciones, denunciar a la Seder ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia.
Nula respuesta de la Contraloría
En febrero de 2014, se presentó una solicitud de información ante la Contraloría General del Estado de Guerrero en los siguientes términos: “Resultados de los análisis de calidad del fertilizante realizados por la dependencia en los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013”.
La Contraloría negó la información argumentando que la información “no se encuentra en los archivos de esta entidad por no ser de su competencia. Por tal motivo, para darle trámite a su solicitud deberá ser presentada en la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información de la Secretaría de Desarrollo Rural”. Ante esta respuesta, se presentó ante el ITAIG un recurso de revisión impugnando la contestación de la Contraloría.
Al estudiar el caso, el ITAIG resolvió que la contraloría general del estado “es competente para generar la información solicitada por el recurrente, toda vez que la normatividad  (…) [reglas de operación] le atribuye la facultad expresa de realizar muestreo y verificaciones a la calidad del fertilizante (…)”, por lo que la respuesta de la Contraloría en donde se declara incompetente para conocer de la solicitud de información “carece de fundamento y motivación alguna”.
De esta manera, concluyó el ITAIG, la Contraloría “deberá entregar al recurrente la información relativa a los resultados de los análisis a la calidad del fertilizante realizados por esa dependencia en los ejercicios fiscales de 2010 y 2011, por tratarse de información pública de oficio”, y esto lo debió hacer en un plazo de 10 días hábiles. Asimismo instruyó a la dependencia para que realice una búsqueda exhaustiva a fin de localizar la información correspondiente a los análisis de los ejercicios 2012 y 2013, para en su caso, entregarla al solicitante.
La resolución del ITAIG se emitió el 24 de septiembre de 2014, y fue hasta el 19 de febrero de 2015, a casi un año de que se presentó la solicitud de información, cuando respondió la Contraloría General del estado, pero no para entregar la información obligada por la resolución del ITAIG, sino para negarla nuevamente.
Dice el oficio CGE-SNJ-DGJ-RS-0505/2015 que “con motivo de los hechos ocurridos (problemática social) al palacio de gobierno el día 13 de octubre de 2014 por personas pertenecientes a diferentes organizaciones sociales, el archivo de la Dirección General de Fiscalización y Evaluación de Obra Pública de esta Contraloría General (…) fue incendiado destruyéndose en consecuencia toda la información relacionada con las auditorías y revisiones que fueron practicadas por este órgano de control, entre ellas la documentación relacionada con el asunto en comento, motivo por el cual no se cuenta con la información solicitada”.
Lo contradictorio del argumento de la Contraloría es que en su primera respuesta aseguró que la información era “inexistente” y en su oficio de febrero diga que sí existía, pero se perdió por un incendio.
A la Contraloría también se le requirieron los mismos datos que a la Seder, es decir, los nombres de las empresas boletinadas por incurrir en irregularidades.
El órgano de control respondió que “no se cuenta con dicha información ya que, el recurso para el programa de fertilizante es entregado directamente por la Seder a los Ayuntamientos como parte de la aportación estatal y estos últimos son los responsables del proceso de licitación, gasto y entrega de fertilizante a los beneficiarios”. Igualmente se presentó ante el ITAIG un recurso de revisión por la respuesta que emitió la Contraloría.
En el expediente ITAIG/35/2014 del 15 de octubre de 2014, el órgano garante resolvió revocar la determinación de inexistencia de la información, y ordenó a la Contraloría a realizar una búsqueda exhaustiva y en su caso entregar la información, dándole un plazo de 10 días hábiles para hacerlo.
La Contraloría respondió mediante oficio con fecha de febrero de 2015 que después de hacer la búsqueda exhaustiva en los archivos que quedaron luego del incendio de octubre en palacio de gobierno “no encontramos antecedente alguno de empresas que hayan sido boletinadas por esta Contraloría General del estado, en virtud de que a la fecha no se ha sancionado a ningún proveedor o contratista”.
¿Información incendiada?
Cabe recordar que el ITAIG, el 26 de noviembre de 2014 emitió una recomendación para que las dependencias públicas tomaran respecto de la información “las medidas precautorias pertinentes para garantizar su resguardo y protección”. Asimismo, el ITAIG iniciaría un procedimiento presencial para decretar qué información se ha perdido o cuál quedó incompleta.
Para conocer la dimensión de la información perdida en la Contraloría, se presentó una nueva solicitud sobre los datos incendiados. Se requirió: Oficio en que la Contraloría solicita al ITAIG  la verificación de la pérdida de archivos e información debido a los incendios en palacio de gobierno; así como la relación de archivos, expedientes y documentos que se perdieron total o parcialmente durante el incendio de palacio de gobierno.
La Contraloría respondió el 18 de marzo de 2015 con un documento electrónico que nunca se pudo abrir. Ya no presentamos recurso de revisión. Las frecuentes respuestas negativas y las permanentes evasivas de las dependencias, incluso habiendo resoluciones provenientes de una autoridad como el ITAIG, son desalientan a cualquiera.

Las evidencias de corrupción en el programa de fertilizante están a la vista de todos, pero cuando se busca documentarlas, las dependencias se cierran y permiten la impunidad.

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