viernes, 25 de noviembre de 2011

Ley de Desarrollo Rural, caso exitoso

Marcos Méndez Lara, El Sur de Acapulco

Hace unos días entró en vigor la nueva Ley número 814 de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Guerrero; ponderamos su proceso de creación en meses pasados -cuando aún estaba en discusión en el Congreso del estado- como un interesante ejercicio de incidencia ciudadana en las etapas de la definición de la agenda y de diseño de políticas públicas, o, en este caso, de una ley sectorial, ya que ésta fue concebida desde las bases por varias organizaciones campesinas del estado a través de mecanismos como foros, reuniones, cabildeos, conferencias de prensa, etc. Es una experiencia -al parecer única en el estado- que merece documentarse y sobre todo, multiplicarse hacia otros sectores populares.
Independientemente del proceso que culminó con la aprobación de la ley por el Congreso del estado -que por sí mismo tiene su propio valor-, en una revisión a vuelo de pájaro, la ley destaca por varias consideraciones que es pertinente mencionar:
1. Comienza la ley con una idea que pareciera evidente, pero hay que aquilatarla en su justa dimensión por que establece una visión diferente del desarrollo: el objeto de la ley es “la instauración de un marco jurídico donde se asuma el diagnóstico y la planeación participativa del territorio, como punto de partida para el desarrollo de actividades agropecuarias, pesqueras, forestales, acuícolas.”
2. La inclusión de la participación de los diversos actores rurales en procesos clave de la política estatal hacia el campo es quizás uno de los mayores logros de esta legislación. El artículo ocho, por ejemplo, describe que “La planeación y el seguimiento de las acciones de desarrollo rural sustentable en el estado de Guerrero considerará la participación informada, democrática y corresponsable de los distintos actores rurales”. Antes, éstas eran facultades exclusivas de la “comisión intersecretarial” integrada solamente por representantes gubernamentales.
3. Reactivación del Consejo Guerrerense de Desarrollo Rural Sustentable y modificación de su integración. De entrada hay que celebrar que este Consejo sea “la instancia en donde se exponen y aprueban las propuestas de políticas y programas de desarrollo rural”. Pero también será una instancia para la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de documentos normativos y programáticos clave como el Plan Estatal de Desarrollo Rural Sustentable (en coordinación con las dependencias estatales, federales y de los municipios; y para analizar y aprobar el programa operativo anual que presente el Ejecutivo estatal para el sector.
Tan importante como lo anterior, será su nueva conformación, ya que la nueva ley coloca en un lugar destacado la representación de los productores del campo, y no como en la anterior, en donde con poco tino se mencionaba que al consejo “podrán” integrarse los representantes de las organizaciones de productores, comercializadores, prestadores de servicio y demás organizaciones y agentes”.
En los consejos municipales, la legislación establece un mejor posicionamiento de las organizaciones de productores, y con esto evitar que sean cotos exclusivos de los presidentes municipales. Pero sobre todo que realmente funcionen con criterios productivos, ambientales, de desarrollo, y no clientelares.
4. Comité de consulta técnica. Este organismo auxiliar del consejo guerrerense de desarrollo rural sustentable indudablemente será útil para despolitizar las decisiones que se toman en torno a las políticas públicas hacia el campo. La opinión objetiva, científica de expertos, respaldada por estudios e investigaciones, dará una mayor certeza a las decisiones que se tomen en este órgano colegiado tan diverso y plural como es el consejo. 
En fin, la ley promete mucho, y dependerá de las agrupaciones que la impulsaron, aglutinadas hoy en el Foro Permanente de Organizaciones Campesinas, que se dé cumplimiento a lo que ahí se establece.
Ojalá este primer paso que dio con éxito, sea sólo el primero de una serie que se requieren, por el bien del campo de Guerrero.

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