martes, 18 de julio de 2017

Sin consulta aprueban ley estatal anticorrupción

Publicado en El Sur de Acapulco
Hoy concluye el plazo para que las legislaturas de los estados tengan listo el marco jurídico que dará sustento a sus respectivos sistemas locales de combate a la corrupción; y aunque en Guerrero dichas normas se aprobaron en tiempo y forma, el 11 de julio, hay detalles que es pertinente destacar.
El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), del que se derivan los sistemas locales, se ha construido con el acompañamiento puntual de la sociedad civil por medio de organizaciones ciudadanas especializadas en los temas de transparencia y rendición de cuentas. A veces a contracorriente de las inercias y resistencias de actores gubernamentales, en el plano nacional las organizaciones de la sociedad civil han incidido en varios de los procesos del SNA, sea a través de la proposición de ajustes a las leyes para mejorarlas, sea para señalar a los mejores candidatos a ocupar los puestos clave del sistema.
Por tratarse de una iniciativa nacional, se procuró que este acompañamiento ciudadano se concretara también en las entidades federativas en los sistemas locales anticorrupción (SLA). Pero las evidencias muestran que ha habido retrasos en la aprobación de las leyes en varios estados y en muchos casos, procesos desaseados en la designación de quienes formarán parte de estos sistemas locales. Incluso a nivel nacional, aún está pendiente el nombramiento del fiscal anticorrupción y la ratificación de ministros del tribunal administrativo
En el caso de Guerrero se ha cumplido con los plazos estipulados para la legislación de las normas, y en este proceso ha prevalecido una visión exclusivamente gubernamental; pero esto no sólo es propiciado por el propósito de funcionarios y servidores públicos de no compartir opiniones y decisiones, sino que hay una gran carencia de ciudadanos informados y organizados para opinar, presionar, proponer y exigir que el sistema estatal de combate a la corrupción realmente sea un instrumento que vigile y controle el ejercicio de los recursos públicos para que se cumplan los derechos sociales de la población.
Sin duda, la construcción del SNA es una de las medidas de mayor trascendencia en los últimos años; pero no será de mucha utilidad si la ciudadanía no cumple la función que le toca y cumple sus obligaciones y ejerce plenamente sus derechos.
Las ocho leyes
Aunque el 20 de junio el gobernador Héctor Astudillo envió un paquete de ocho propuestas de nuevas leyes o reformas al Congreso del estado, relativos al sistema estatal anticorrupción, los documentos nunca se dieron a conocer públicamente. Los diputados de la LXI Legislatura aprobaron las leyes el 11 de julio, con los votos en contra de los partidos Movimiento Ciudadano y Morena. Prácticamente nadie, fuera del ámbito gubernamental y los diputados, conoció las iniciativas.
Guillermo Ávila, investigador del Imco señaló que no sólo es importante que los congresos modifiquen sus constituciones considerando el SNA como un estándar en el que deben guiarse, sino que la legislación en la materia cuente con la calidad necesaria para que realmente los beneficios de las leyes anticorrupción puedan ser percibidos por la sociedad.
“Por ejemplo, en algunos casos no se cumplió con los estándares de parlamento abierto, que implicaba la participación ciudadana y el aseguramiento de transparencia en los procesos de elaboración de la legislación anticorrupción. A nivel local hubo congresos que trabajaron a puertas cerradas, disminuyendo la legitimidad y profundidad de lo que salió de ahí”, mencionó Guillermo Ávila.
Por canales informales conseguimos la iniciativa de la Ley Estatal del Sistema Anticorrupción de Guerrero, pues ésta no fue pública. Consideramos que hay dos asuntos clave que tendrán una repercusión directa y mostrarán el talante del naciente sistema: uno de ellos es la formación del Comité Coordinador del SLA, y el segundo, la constitución del Comité de Participación Ciudadana.
La ley considera “la composición, atribuciones y objetivos del Comité Coordinador del Sistema, que se constituye como una instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Anticorrupción y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción”.
El comité coordinador será la instancia más importante del SLA, por lo que es pertinente mencionar quienes formarán parte de él: un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá; el titular de la Auditoría Superior del estado (denominación que adquirirá la actual AGE); el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; el titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental; el presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del estado (que hoy se denomina Tribunal de lo Contencioso Administrativo); el comisionado presidente del Itaigro; y un representante del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del estado.
Otro de los puntos relevantes de la ley es el de la constitución del Comité de Participación Ciudadana; la ley establece que su “objetivo principal es vigilar, prevenir y detectar actos de corrupción y faltas administrativas, así como coordinar y encausar los esfuerzos de la sociedad civil en el combate a la corrupción”.
En estados como Guerrero, donde tradicionalmente ha habido una concentración y discrecionalidad en la toma de decisiones, una figura ciudadana con estas facultades es inusitada. De hecho, la iniciativa de ley aprobada por los diputados incluye planteamientos en este sentido. Por ejemplo, “La corrupción se combate no sólo con el esfuerzo de las autoridades, es indispensable la participación ciudadana como el mecanismo más importante para el funcionamiento del Sistema Anticorrupción. Cuanto más participen los ciudadanos en los asuntos públicos Guerrero será más incluyente, ordenado y democrático”.
Se agrega en la iniciativa que “se pretende encausar los esfuerzos de la sociedad civil en el combate contra la corrupción a través del Comité de Participación Ciudadana creado por mandato constitucional”.
Será fundamental la función del CPC en el sistema estatal anticorrupción, por lo que será prioritario vigilar que los cinco miembros que lo conformarán realmente tengan una visión ciudadana, y evitar en lo posible que esta figura sea capturada por las entidades gubernamentales y achaten su potencial.
La elección de los integrantes del CPC no la hará directamente el Congreso del Estado; se realizará a través de una comisión de selección de siete miembros -ésta sí, nombrada por el órgano legislativo- (cinco de instituciones de educación superior y de investigación; y dos de organizaciones de la sociedad civil), quienes realizarán una amplia consulta pública en el estado para que la sociedad presente candidatos a ocupar los cinco puestos del CPC.
La comisión de selección deberá diseñar y hacer públicos la metodología, plazos y criterios de selección de los miembros del CPC, entre los más importantes, el método de registro y evaluación, la lista de los aspirantes, hacer públicos los documentos que hayan sido entregados para su inscripción, en versión públicas.
La nueva ley del sistema estatal anticorrupción entrará en vigor el primero de enero de 2018. El Congreso del estado designará a la comisión de selección dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor de la ley; y el Comité Coordinador del sistema se integrará dentro de los 60 días después de seleccionados los miembros del CPC. Es decir, en el mejor de los casos, el sistema de Guerrero comenzará a funcionar en el segundo semestre de 2018.
Un foro a destiempo
El pasado 7 de julio se llevó a cabo el foro Sistema Anticorrupción, Perspectivas y Retos en Guerrero 2017. Se trató de un acto inusual, pues aunque por definición un foro debe ser abierto y accesible, extrañamente a éste sólo se pudo asistir mediante invitación expresa, y además se celebró en uno de los salones (de la República) de Casa Guerrero, cuyo acceso de por sí es restringido e inhibitorio para el grueso de la población.
No obstante que en el foro se escucharon las ideas de algunos de los actores que formarán parte del SLA y de activistas que han tenido una participación importante en la construcción del sistema nacional, la prensa no fue convocada, ni el acto fue difundido en los medios de comunicación (salvo tal vez un par de casos), aun cuando se trata de un tema que por su relevancia requiere de una difusión masiva. Sólo en redes sociales, algunos de los participantes dieron cuenta parcial de sus intervenciones.
Y también fue inusual porque, como lo expresó Lourdes Morales Canales, coordinadora de la Red por la Rendición de Cuentas y ponente invitada, el foro se realizó fuera de tiempo, ya que estaba próximo el vencimiento del plazo para aprobar la legislación correspondiente para la integración del sistema en el estado, y “tuvieron un año para debatir de manera pública” los contenidos importantes de dichas leyes y no se hizo. Y efectivamente, cuatro días después, los diputados locales aprobaron el paquete de leyes, evidentemente sin tomar en cuenta ninguno de los señalamientos del foro.
Al respecto, Eduardo Bohórquez, director de Transparencia Mexicana, consultado por la Revista R, de Excélsior, mencionó que llevar al límite la homologación de las leyes locales con el SNA, es una estrategia de los congresos locales para evitar las prácticas de parlamento abierto que caracterizaron la aprobación del sistema nacional.
“Creo que lo que están tratando es de llevar al límite los plazos para aprobarlo sin una discusión apropiada con la comunidad y sin proceso abierto donde nos informemos y nos enteremos de qué cambio están haciendo alrededor de estos temas”, sostuvo Bohórquez, quien agregó que en el tema de parlamento abierto es donde hay más reticencia de los congresos locales, pues implica transparentar sus discusiones, deliberaciones y decisiones; una práctica a la que no están acostumbrados y que consideran riesgosa.
Los sistemas, en riesgo
Por diferentes motivos, los sistemas nacional y estatales anticorrupción están enfrentando dificultades para su integración u operación. En el primero, el Senado de la República aún no designa al fiscal anticorrupción del SNA, luego de que desde noviembre de 2014 ha tenido tiempo para hacerlo. La Fiscalía Anticorrupción se instituyó mediante reforma constitucional de febrero de 2014. Su objetivo es erigirse en pieza clave para la persecución de delitos de corrupción, pero a la fecha sigue acéfala. Incluso, el grupo de ciudadanos que daban seguimiento al proceso de selección del primer fiscal anticorrupción (Comité de Acompañamiento Ciudadano) rompieron con los senadores, pues se dijeron “decepcionados” de la manera en que los legisladores atascan decisiones fundamentales para el país por motivos políticos y de esa manera muestra un menosprecio hacia el SNA.
El Senado tampoco ha ratificado a los magistrados de la Sala Especializada en combate a la corrupción del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En el ámbito local, hay dos estados que no han hecho la reforma constitucional requerida para implementar el sistema a nivel local, y otras 11 entidades aún no cuentan con las leyes secundarias para el funcionamiento de dicho mecanismo. Y en cuanto a los nombramientos claves del proceso de implementación de los SLA, la mayoría de éstos han sido objetadas por organizaciones civiles nacionales y locales, por tratarse de personajes cercanos al gobernador en turno, militantes activos de partidos políticos e incluso personas relacionadas con actos de corrupción; son los casos de Puebla, Nayarit, Morelos, Sonora, Estado de México y Querétaro.
Sobre este asunto, Luis Manuel Pérez de Acha, integrante del Comité de Participación Ciudadana del SNA, comentó que el común denominador en la conformación de los sistemas estatales ha sido el intento de los gobiernos locales de capturar dichos mecanismos mediante nombramientos a modo.
“Es la tónica; en términos generales, se puede decir que los sistemas locales anticorrupción quieren ser capturados por los gobernadores de los estados vía los nombramientos de funcionarios públicos que carecen de autonomía, y también mediante la exclusión de una participación social efectiva”, informó Pérez de Acha, también entrevistado por Revista R.

Y aunque en Guerrero se cumplió con el primer paso referente a la aprobación de las normas que dan sustento al SLA, habrá que estar pendientes con los nombramientos que vienen.

martes, 4 de julio de 2017

Se resisten ayuntamientos a transparentar información

Publicado en El Sur de Acapulco
Todavía no hay conciencia en quienes toman las decisiones en los ayuntamientos de Guerrero de lo que significa la transparencia para la gestión pública municipal, ni de las obligaciones normativas que deben cumplir, ni mucho menos de su obligación ética de informar a la ciudadanía; en los hechos, este último compromiso es el más descuidado, pero paradójicamente es de los más abundantes en los discursos en periodos de campañas político-electorales.
La actual política de transparencia -cuyo alcance se decidió fuera nacional, dados los niveles desiguales de cumplimiento y los pobres resultados en la mayoría de las entidades federativas-, no tiene marcha atrás. Las modificaciones al sexto constitucional de junio de 2014 y las leyes reglamentaria y especialmente la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, fueron el inicio de esta política que en el fondo busca modificar la relación de las entidades gubernamentales con la ciudadanía con base en la difusión pública de las acciones, decisiones y resultados de quienes fueron electos.
Sin embargo, la emisión de leyes no cambia de manera mecánica ni en lo inmediato una realidad de opacidad que ha prevalecido en la administración pública estatal y municipal durante décadas. Nos encontramos en una etapa de transición en que las dependencias públicas súbitamente amanecen con numerosas obligaciones legales relacionadas con la información de su quehacer gubernamental y donde aún persiste una inercial forma de gobernar unipersonal, discrecional, con pocos o nulos resultados y además sin transparencia.
¿Cómo modificar esta situación? Lo evidente es que la aprobación de leyes no es suficiente, es el sólo un primer paso. Aquí ensayamos algunas ideas.
Magros resultados
Es poco alentador el panorama. Guerrero siempre ocupó los últimos lugares en los diferentes monitoreos que miden transparencia y rendición de cuentas gubernamentales. Pero hoy, en esta coyuntura, no lo están haciendo mejor. La transformación de las estructuras gubernamentales es lenta, particularmente en los ayuntamientos, de quienes es muy difícil esperar respuestas homogéneas a la nueva política de transparencia. No sucede lo mismo, por ejemplo, en el Ejecutivo del estado, cuyo titular tiene la posibilidad de dictar políticas generales que más o menos serán cumplidas por las entidades y dependencias con cierta uniformidad. Pero a los 81 gobiernos municipales, que en este caso sí navegan con la bandera de la “autonomía”, ha sido cuesta arriba lograr que cumplan con la ley.
De acuerdo con cifras del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del estado de Guerrero, en la entidad están registrados 208 sujetos obligados, y de éstos 76 todavía no cumplen con su obligación de subir información a la Plataforma Nacional de Transparencia, como lo exige la ley. Esto es muy grave sobre todo considerando que el Consejo Nacional de Transparencia prorrogó en dos ocasiones el plazo para que las dependencias públicas cumplan con esta obligación.
En el caso de los ayuntamientos, con datos del 16 de junio de 2017, sólo 46 habían subido información y 35 eran omisos. Lo realmente grave es que 14 de éstos últimos ni siquiera estaban registrados en la PNT y es muy probable que no sepan que tienen obligaciones de transparencia.
Y de los 46 que sí tienen registros en la plataforma, los niveles de cumplimiento son muy disparejos: hay ayuntamiento que han subido una cantidad importante de formatos (en el caso de los ayuntamientos son poco más de 50), pero algunos otros apenas han subido uno solo.
Esta falta de datos certeros se debe a que ninguna institución ha realizado un diagnóstico profundo y en forma sobre el nivel de cumplimiento de los ayuntamientos, pues es muy reciente la obligación.
10 municipios
Realizamos una rápida revisión sobre el nivel de cumplimiento en la publicación de la información de oficio en la plataforma nacional de transparencia y en sus portales electrónicos de los diez municipios guerrerenses más poblados, que en teoría son los que tienen más recursos y condiciones para cumplir con la ley.
Revisamos sólo cuatro de los temas, del catálogo de 48 que deben transparentar, como obligaciones comunes (artículo 81 de la ley 207), a saber: los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; el número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña; y los mecanismos de participación ciudadana. Cabe destacar que no se revisó la calidad de la información, solamente que hayan publicado total o parcialmente el tema correspondiente.
Acapulco es de los municipios con un nivel de avance aceptable en el registro de su información, como puede observarse en su página electrónica. Otro de los ayuntamientos que tiene muy buenos avances es Iguala de la Independencia, y se puede considerar que es de los que tiene más registros entre los municipios de Guerrero. También publican de manera parcial información, especialmente en el sipot los municipios de Chilapa, Zihuatanejo y Coyuca de Benítez
Los ayuntamientos que no reportan ningún avance ni en su portal ni en el sipot son Chilpancingo, Ayutla de los Libres, Taxco, Ometepec, Tlapa y Técpan de Galeana.
Respecto a los temas seleccionados para su revisión, el que corresponde a la publicación de los indicadores para medir objetivos y resultados, sólo seis municipios presentan información: Acapulco, Iguala, Zihuatanejo, Taxco, Coyuca de Benítez y Chilapa. Cabe señalar que en la mayoría de los casos, los indicadores no están bien construidos y no reflejan los logros de los ayuntamientos; por ejemplo, el ayuntamiento de Coyuca de Benítez presenta su programa operativo anual como el único indicador del ayuntamiento. 
En el caso del número total de plazas y del personal de base y confianza, sólo cuatro ayuntamientos registraron información. Acapulco, que difunde datos únicamente de los niveles directivos; Iguala, cuyo ayuntamiento afirma que trabajan ahí 6 mil 190 empleados; Taxco, que informa que cuenta con 248 trabajadores de base y 793 de confianza; y Chilapa, con 201 trabajadores de base y 904 de confianza. Zihuatanejo sólo registró el dato de que no cuenta con vacantes.
Y respecto a los montos destinados a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña, la opacidad es todavía mayor porque sólo tres ayuntamientos informaron sobre lo que gastan en este concepto. Destaca Acapulco, que en sus registros informa sobre un monto de 71 millones 671 mil 648 pesos como “presupuesto ejercido por partida” en el 2016; Iguala, que en el mismo año gastó 9 millones 481 mil 395 pesos; y Zihuatanejo, cuyo ayuntamiento informa que gastó 8 millones 142 mil 424 pesos en 2016 en el concepto de comunicación social. Los otros siete ayuntamientos con mayor población del estado no transparentan este concepto.
Finalmente, en el tema de mecanismos de participación ciudadana, sólo tres ayuntamientos informaron que cuentan con este tipo de canales hacia la sociedad. Acapulco destaca su programa Lupa Ciudadana, Taxco menciona la formación de comités por comunidad y barrios; y Coyuca de Benítez con la creación tres consejos consultivos. Cabe destacar que en este rubro la legislación de los tres ámbitos de gobierno propone la formación de diferentes figuras de participación ciudadana en los ayuntamientos, entre los más comunes, los comités de planeación para el desarrollo municipal, los consejos comunitarios de desarrollo y los comités de obra, además de consejos consultivos en distintas materias; y sorprende que los ayuntamientos no informen sobre estas formas de participación.
Diagnóstico
La razón de mayor peso que decide que un ayuntamiento sea transparente o no es la voluntad y disposición políticas de los alcaldes; pero más allá de eso, es difícil saber con certeza qué está sucediendo en los municipios respecto de la adopción del nuevo marco normativo y en el procesamiento de las obligaciones de transparencia, simplemente porque no hay un estudio sobre este asunto.
Una explicación inicial, útil para diagnosticar la situación, es que las unidades de transparencia de los ayuntamientos no están funcionando. Al respecto, cabe recordar que estas unidades nacen como una obligación legal (derivada de los artículos 52 a 55 de la Ley 207 de Transparencia), por lo que su creación es muy reciente, y cuyas funciones son esenciales para organizar y operar las acciones de transparencia dentro del ayuntamiento y para gestionar las solicitudes de información que presenta la ciudadanía.
En este marco, se observa que los alcaldes están relevando con frecuencia a los titulares de las unidades y con esto se diluye la capacitación recibida y la acumulación de experiencia; igualmente la rotación no permite que los procedimientos y trámites administrativos y de gestión, que apenas se están diseñando y probando, se consoliden y se conviertan en rutinas al interior de los gobiernos municipales.
Otra deficiencia observada es que los titulares de las unidades no cuentan con el perfil y la experiencia necesarios para realizar esta tarea, pues los alcaldes optan por colocar ahí a personas sin privilegiar las aptitudes profesionales; de hecho, la ley señala que deben contar con título profesional a nivel de licenciatura y con experiencia mínima de un año en materias de transparencia y acceso a la información. Esta deficiencia, que parece menor, está propiciando que los titulares de las unidades no logren solventar y operar, por ejemplo, la gran cantidad de información que se requiere subir a la PNT y a los portales electrónicos; mucho menos estarán en posibilidades de proponer políticas y procedimientos que faciliten la fluidez de la gestión en el interior de los ayuntamientos, como lo dicta la norma.
Pero una de las razones contundentes es que los alcaldes no proporcionan a los titulares de las unidades de transparencia las facultades y la “fuerza” política que se requieren para operar y en ocasiones lidiar en escenarios resistentes a este tipo de políticas de transparencia y rendición de cuentas. De hecho, la ley previó este tema y estableció que “El titular [de la unidad de transparencia] deberá tener un nivel jerárquico directivo o de toma de decisiones dentro de la estructura o integración del sujeto obligado de que se trate”. Pero se conocen muchos ejemplos de cómo directores, regidores u otros funcionarios de los ayuntamientos simplemente niegan o retrasan la información que les solicitan los titulares para alimentar los portales y la PNT.
Las estructuras operativas y administrativas de los ayuntamientos no funcionan de manera uniforme -sobre todo en los municipios medianos y grandes- pues se entrelazan intereses de todo tipo y actitudes y valores de quienes ahí trabajan. Una unidad de transparencia, cuyo titular no tiene el respaldo del presidente municipal, del cabildo y de los actores que toman las decisiones en el ayuntamiento, se enfrentará invariablemente a funcionarios y empleados que en el mejor de los casos retardarán la adopción de estas políticas.
Otro de los problemas observados se relaciona con la información. Buena parte de los ayuntamientos contratan despachos y consultorías para que realicen sus operaciones contables; no hay impedimento legal para que así lo hagan, el problema es que les otorgan “facultades” para registrar, procesar y almacenar toda la información financiera del ayuntamiento, sin ninguna restricción ni control o supervisión; son estas consultorías incluso las que elaboran y presentan la cuenta pública.
Parte de esta información financiera debe ser publicada por los ayuntamientos, de acuerdo con la Ley General de Contabilidad Gubernamental (artículos 56 a 59) y la propia Ley 207 de Transparencia del estado. Sin embargo, los ayuntamientos no la están difundiendo porque está en manos de las consultorías y éstas desconocen los términos en que debe publicarse o simplemente aconsejan a los ayuntamientos cómo evadir la obligación legal.

La tendencia en los próximos meses será que los ayuntamientos continúen estas prácticas de omisión de sus obligaciones o retardar su cumplimiento. Sin embargo, está ya en puerta la aplicación de sanciones y esto comenzará a mover el engranaje con un ritmo más acelerado. Cada vez se estrecha más la posibilidad de evadir estas responsabilidades.