El Sur de Acapulco
Como pocas oficinas del gobierno del estado, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas recibirá el mayor incremento de recursos en 2013, al pasar de 96.9 millones presupuestados el año anterior a 815.1 millones de pesos en el presente ejercicio, es decir, más de 740 por ciento.
Igualmente, la Secretaría General de Gobierno incrementará su presupuesto de 267.3 millones a un total de 466.8 millones de pesos para 2013. Sin embargo, en este caso específico ni el Ejecutivo del estado, ni el Congreso, que aprobó el presupuesto de egresos 2013, justifican por qué ese incremento y a qué lo van a destinar.
En contraste, las dependencias clave para el mejoramiento del bienestar de los guerrerenses como las secretarías de Desarrollo Social, Desarrollo Rural y Secretaría de Salud –y en general la mayoría de las dependencias– sufrieron decrementos o se mantuvieron estancadas en sus presupuestos.
Las cifras que contiene el decreto del presupuesto de egresos del estado de Guerrero para 2013 no reflejan las prioridades que se describen en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2015, en donde dos de los ejes principales del documento son desarrollo social con equidad y desarrollo económico sustentable.
Al contrario, en el presupuesto de egresos de 2013 se observan muy pocas diferencias con los montos y rubros en que se invierten los recursos de los presupuestos de egresos que ejecutaron gobiernos anteriores, no obstante que los planes de desarrollo tienen diferentes enfoques y establecen prioridades distintas.
En 2013, por ejemplo, hubo un incremento magro en los recursos para Guerrero, pues se pasó de un presupuesto de 38,985.8 millones en 2012 a uno de 41,102.1 millones de pesos, para un incremento de solo 5.4 por ciento en el ejercicio 2013. En relación con el presupuesto del último año del gobierno de Zeferino Torreblanca Galindo, hay una diferencia de apenas 3 mil millones de pesos con el actual presupuesto de Ángel Aguirre.
Dependencias ganonas
Al igual que la Seduop y la Secretaría de Gobierno, otro de los sectores privilegiados con el presupuesto 2013 fue el poder Legislativo, que recibirá 84.7 millones de pesos adicionales a los del año anterior, lo que representa un incremento de 22 por ciento, sin que tampoco se justifique el porqué del aumento. Hay que destacar que los diputados se autorizaron cuatro millones de pesos más que la propuesta enviada por el Ejecutivo del estado.
Entre las dependencias que también fueron beneficiadas con el presupuesto está la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que incrementará sus recursos sustancialmente en 144 por ciento, pues este año recibirá 114.3 millones de pesos en comparación a los 46.8 millones del año anterior.
Asimismo, la Secretaría de la Mujer ejercerá este año 132.9 millones que rebasan en 33 por ciento los 100.3 millones de 2012. De hecho en la presente administración se canalizaron más recursos a esta dependencia, pues en el último año del gobierno de Torreblanca Galindo, solo recibió 41.6 millones de pesos para sus distintos programas.
El gasto social, estancado
En la presente administración, el gasto destinado a la Secretaría de Desarrollo Social será menor al del gobierno estatal anterior, ya que en el último año de Zeferino Torreblanca se presupuestaron 474.3 millones de pesos a esta dependencia, mientras que con Ángel Aguirre fue de 402.5 millones en 2012, y será de sólo 340.3 en el presente año.
El decremento es significativo pues equivale a 15.4 por ciento del presupuesto anterior, y muy grave considerando los altos y muy altos grados de marginación del estado.
También sobresale la reducción del presupuesto a la Secretaría de Desarrollo Rural que disminuirá de 344.7 millones asignados en 2012 a solo 337.4 millones de pesos en el presente año. Sobre este rubro, el gobierno del estado anunció que para la compra de fertilizante químico invertirá 170 millones, y si se descuentan además cerca de 40 millones de pesos de gastos de operación de la dependencia, significa que al campo guerrerense, el estado apenas invertirá una cantidad cercana a los 127 millones de pesos.
Con esa cantidad, será muy difícil que el gobierno del estado cumpla las metas del PED que en el sector de desarrollo rural se propuso “garantizar a la población el abasto de los productos alimenticios; incrementar el nivel y la calidad de la ocupación laboral; diversificar y fortalecer la composición de la oferta productiva; incrementar el valor agregado de los productos del campo y del mar”, entre otros.
La Secretaría de Salud es otra de las dependencias castigadas con el presupuesto; en 2013 solo ejercerá 37.3 millones de pesos más que el año anterior, lo que significa menos de un punto porcentual de incremento, al pasar de 4,529.6 millones en 2012, a 4,556.9 millones de pesos en el presente año.
Otra dependencia que vio estancado el monto de sus recursos es la Secretaría para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afromexicano, que no obstante que incrementará sus funciones con el reconocimiento e incorporación a sus programas del pueblo afromexicano, su presupuesto pasará de 28.8 millones a 29.9 millones de pesos para el ejercicio 2013. Incluso en el último año del gobierno de Zeferino Torreblanca, el presupuesto para esta dependencia era más alto, de 30.5 millones de pesos.
La procuración de justicia será también menguada en sus recursos. De 533.1 millones que se presupuestaron el año pasado se tienen solo 469.4 millones de pesos para el presente ejercicio, incluso muy por debajo de los 521.9 que se programaron para el último año del gobierno de Torreblanca Galindo.
Estas cifras contrastan con lo que señala el propio decreto de presupuesto de egresos del estado donde se afirma que “canalizaremos los recursos que estén en nuestra posibilidad y los que logremos de la federación a la seguridad pública, a la procuración e impartición de justicia, aspectos fundamentales para lograr una convivencia armónica de las familias guerrerenses”.
La pesada carga
Cada año, la mayor parte del presupuesto de egresos de Guerrero se destina a los sectores educación y salud. Para 2013, la Secretaría de Educación tendrá un monto de 15,424.8 millones de pesos, que representan el 53.6 por ciento del presupuesto del Ejecutivo y 37.5 por ciento del total del estado.
A la Secretaría de Salud por su parte le fueron asignados en 2013 recursos por 4,566.9 millones de pesos, y equivalen a 15.8 por ciento del monto total del gobierno del estado, y 11.1 por ciento del presupuesto total del estado.
Sumados los dos sectores, el porcentaje de recursos que se les destina es de 69.4 por ciento del monto del Ejecutivo y 48.6 por ciento del presupuesto global del estado.
No obstante estas cantidades, los indicadores en materia de educación y salud colocan a Guerrero entre los últimos lugares desde hace varios años.
Transparencia de los recursos
El capítulo referente a la información y la transparencia de los recursos del presupuesto de egresos –que desde hace varios ejercicios se incluye en el decreto– nadie lo cumple, no obstante que con claridad establece que “los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, los Organismos Autónomos, así como las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, deberán cumplir las obligaciones de transparencia en materia presupuestaria” consideradas en la Ley de Transparencia del estado.
Y se refiere de manera específica a la publicación de los indicadores de gestión y del ejercicio de los recursos públicos.
Este tipo de información, útil para monitorear el ejercicio de los recursos, no es difundido por ninguna de las dependencias de Guerrero, o no está actualizado, como se puede revisar en las páginas electrónicas de las dependencias públicas.
Agrega el decreto de presupuesto de egresos que el Ejecutivo estatal por medio de la Secretaría de Finanzas y Administración publicará en su página web “los informes sobre la ejecución del presupuesto, en el que se detalle la comparación entre lo aprobado y lo ejercido”, así como los datos estadísticos y la información que la Sefina tenga disponible a fin de contribuir a una mejor comprensión de la ejecución del gasto, del cumplimiento de las metas y programas autorizados.
Esta información, la Sefina tampoco la pone a disposición, por lo que el ejercicio de los recursos considerados en el presupuesto de egresos de cada año se convierte en un secreto que sólo años después, cuando se publica la cuenta pública de las diferentes dependencias, es conocida por los ciudadanos.
Quién vigila el ejercicio de los recursos
Las dependencias que se encargan de la vigilancia y la fiscalización de los recursos también observaron decremento o estancamiento en sus presupuestos.
La Contraloría General del Estado, por ejemplo, vio disminuido su presupuesto en relación con 2012, ya que en ese año se le asignaron 61.3 millones de pesos, y en el presente ejercicio solo 54.7 millones.
La Auditoría General del Estado por su parte, apenas incrementó este año sus recursos en 1.5 millones de pesos respecto de los de 2012, al pasar de 60.4 a 62 millones de pesos.
Una de las grandes deficiencias de los decretos de presupuesto de egresos del estado de Guerrero es que no propone la incorporación de la ciudadanía en la vigilancia del ejercicio de los recursos.
Sin embargo, existen otros documentos normativos que sí establecen o proponen la vigilancia ciudadana. Tal es el caso del Plan Estatal de Desarrollo de la actual administración, una de cuyas estrategias es “establecer mecanismos para una contraloría social efectiva y promover la participación de los ciudadanos en la evaluación de las acciones de buen Gobierno”.
Sin embargo, en la práctica no ha sido una política de gobierno ni se ha promovido la contraloría social en las acciones y programas gubernamentales guerrerenses.
El gobernador Ángel Aguirre Rivero ha retrasado la integración del Consejo ciudadano para la vigilancia de las adquisiciones y la obra pública –cuyo decreto fue aprobado hace ya un año– y también ha dejado de mencionar en sus discursos al consejo ciudadano que vigilaría la operación del programa de fertilizante, que anualmente ejerce cerca de 800 millones de pesos para la adquisición y distribución del insumo.
Asimismo, funcionarios de la Contraloría General del Estado han declarado que la contraloría ciudadana no está prevista en la normatividad, y estorban una iniciativa de varios grupos de ciudadanos que se interesan por monitorear los recursos de la Secretaría de Salud.
Este año se agrega a las dependencias que debería tener una vigilancia estricta, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública que ejercerá recursos por 815.1 millones de pesos, presupuesto que seguramente se invertirá en “proyectos de infraestructura física que sean detonadores del desarrollo regional del Estado” como el Acabús, el macrotúnel que formará la vialidad conocida como Escénica alterna, la terminación del edificio del Centro de Atención Ciudadana, las tres obras en Acapulco, y el inicio del Metrobús en Chilpancingo.
Pero en el decreto de presupuesto de egresos nada se propone para una vigilancia más allá de la que realizan las instituciones.
martes, 22 de enero de 2013
martes, 8 de enero de 2013
Transparencia y rendición de cuentas en la propuesta de Constitución
Está a debate en el Congreso del Estado una nueva Constitución para Guerrero, y en breve se abrirá también a la opinión de la ciudadanía a través de foros de consulta en las diferentes regiones del estado.
Se trata sin duda de una versión actualizada y en muchos aspectos mejorada de la ley fundamental que nos rige actualmente, pero que no deja de tener asuntos que pueden mejorarse.
Los temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas son novedosos en la propuesta de Constitución, al igual que la inclusión de mecanismos de democracia directa como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular. Sin embargo, en otros asuntos se observan retrocesos como la pérdida de independencia del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información o la ausencia del importante mecanismo de control social que es la revocación del mandato.
Lo bueno
Sin duda destaca la inclusión, entre las obligaciones del Estado, de conceptos clave que no están incluidas en la Constitución vigente, y que de cumplirse cabalmente podrían permitir el escrutinio social y el mejoramiento de la gestión pública (artículo 3 de la propuesta).
Tal es el caso del acceso a la información pública de las instituciones de gobierno y la transparencia del ejercicio de la función pública, que al incluirse en la Constitución del estado robustecerán y darán un mayor peso a la actual Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será congruente con el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que fue modificado en 2007 precisamente para que hubiera un piso mínimo en la materia en los estados del país.
La propuesta de Constitución establece también como obligación del Estado “abatir la corrupción y la impunidad, y sancionar a los infractores de conformidad con las leyes de la materia”, además de “privilegiar la rendición de cuentas y garantizar que los recursos se manejen con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y que su destino y ejercicio cumpla con los objetivos para los que fueron programados”.
Es importante que estos enunciados queden dentro de la Constitución local porque serán referentes para exigir el combate a la corrupción y una efectiva rendición de cuentas; sin embargo, aunque se establecen como obligaciones del Estado, será en la etapa de la creación o modificación de las leyes secundarias donde se observará la real disposición de cambio, ya que en materia de corrupción y rendición de cuentas se ha abusado en la retórica en detrimento de la práctica y los hechos.
Algunos de estos principios se plantean como derechos de las y los guerrerenses en el artículo 11 de la propuesta de Constitución, como son los casos de las fracciones siete “Acceder de manera efectiva a la información pública del Estado”, y once “Exigir que las autoridades del Estado rindan cuentas de manera oportuna y que sus actos sean transparentes y públicos”.
En estos casos también será necesaria la presión social para que las leyes secundarias reflejen con amplitud y efectividad esos derechos ciudadanos, y sobre todo distinguir entre la rendición de cuentas que se da entre instituciones (las entidades y dependencias públicas hacia la Contraloría General del Estado o ante las Auditorías Superior de la Federación o General del Estado) y la rendición de cuentas social, hacia los ciudadanos.
Es importante considerar sobre todo la fracción once porque será necesario reglamentar mecanismos efectivos para que los ciudadanos pueden exigir la rendición de cuentas institucional (la intervención de los órganos fiscalizadores); pero también esta Constitución deberá especificar de qué manera el Estado rendirá cuentas a la ciudadanía, ya que en el cuerpo del documento no se observan mecanismos específicos.
Mecanismos de democracia directa
Hay una novedad dentro de la propuesta de Constitución, específicamente en el artículo 16, en donde se señala que “el estado de Guerrero adopta la forma de gobierno republicano, democrático, laico, representativo, popular y participativo”.
Los dos últimos adjetivos comprometen de manera importante al gobierno estatal, y se tendrán que hacer valer en toda la legislación secundaria.
La introducción de mecanismos de democracia directa (referéndum, plebiscito e iniciativa popular) no es nueva en la legislación de Guerrero.
Uno de los antecedentes de estas figuras está en el artículo 25 de la actual Constitución, en donde se establece que el gobierno del estado “someterá a consulta de la ciudadanía, conforme a las técnicas y métodos del referéndum, los asuntos que de manera trascendente afecten el bienestar popular y reclamen importantes recursos fiscales”. Sin embargo, no existe ninguna noticia de que algún gobernador haya practicado este ejercicio ciudadano.
El otro antecedente está en la Ley de Participación Ciudadana del estado en donde se legislaron, entre otras formas de participación ciudadana, referéndum, plebiscito e iniciativa popular.
Cabe recordar que desde 2007, año en que fue aprobada la Ley de Participación Ciudadana, no se ha practicado ninguno de los mecanismos ciudadanos que propone, ha sido letra muerta. La única vez que se tuvo oportunidad de poner en marcha uno de ellos (el de la iniciativa popular) fue en 2011, cuando varias organizaciones campesinas diseñaron y propusieron la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, pero la presentaron a través de un diputado local, ya que durante cinco años el Congreso local nunca modificó el artículo 50 de la actual Constitución del estado que se refiere a los actores que pueden iniciar leyes limitándolos al gobernador, a los diputados, al Tribunal Superior de Justicia y a los ayuntamientos en el ámbito de su competencia.
La propuesta de Constitución (artículo 11) reconoce como derechos de las y los guerrerenses “participar en los procesos de referéndum, plebiscito y demás instrumentos de participación ciudadana”, además de “presentar iniciativas de ley ante el Congreso del Estado, con excepción de la materia penal y tributaria, en los términos que establezca la ley”.
Más adelante, la misma propuesta menciona en el artículo 17 que “la ley regulará los instrumentos de participación ciudadana, y las formas y modalidades en que éstos tendrán efectos vinculantes sobre las decisiones de los poderes públicos”.
Sin duda, es un gran paso incluir estos mecanismos de participación ciudadana en la ley fundamental del estado, pero de manera independiente es necesario hacer un diagnóstico de por qué, a cinco años de aprobada la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, ésta nunca operó.
Este diagnóstico deberá dar luz sobre los mecanismos que ahí se proponen, para incluir además del referéndum, el plebicito y la iniciativa popular, mecanismos viables que respondan a las necesidades del estado. En todo caso, la ley de participación ciudadana deberá modificarse, para proponer nuevos mecanismos de participación, sencillos y de acuerdo con los usos y costumbres de las y los guerrerenses, y sobre todo hacer vinculantes los resultados de los ejercicios de participación ciudadana.
En este apartado hay una figura ausente, la revocación de mandato. En los foros de consulta sin duda serán recurrentes las propuestas para que esta forma de control ciudadano hacia sus gobernantes se incluya en la nueva Constitución del estado.
Sobre el ITAIG
Hay claroscuros en lo que se propone en el documento que está en discusión respecto del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al que se le dedica un capítulo completo.
No obstante que el artículo 112 garantiza la autonomía e independencia de los órganos autónomos del Estado, el artículo 132 señala que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se integrará con tres consejeros nombrados por la mayoría de los diputados del Congreso del estado, a propuesta del gobernador.
Agrega la propuesta de Constitución que “para efectos del párrafo anterior, el gobernador del estado presentará una propuesta por cada uno de ellos al Congreso del estado, el que verificará los requisitos de elegibilidad y aprobará o rechazará el nombramiento”.
Más adelante se menciona que si el Congreso del estado rechaza en dos ocasiones las propuestas de candidatos que presente el gobernador, en la tercera hará el nombramiento de los comisionados del ITAG de manera directa.
Con el artículo 132 se da un paso atrás en la independencia del ITAIG, ya que las propuestas de candidatos tendrán su origen en el Ejecutivo del estado, y ya no serían a través de convocatorias abiertas –cualquier persona que se sintiera con las capacidades y competencias en la materia podía concursar– como lo establece la actual Ley de Transparencia.
Otro punto relativo al órgano garante de la transparencia en el estado está en el artículo 117 de la Constitución a debate, específicamente en la fracción dos: “Los actos y resoluciones de los órganos autónomos estarán sujetos a control jurisdiccional en los términos dispuestos en la ley, con excepción de los que emanen de la Comisión de Derechos Humanos y del Instituto de Transparencia, que serán definitivos”.
Con este párrafo, se “quita de la inconstitucionalidad” al artículo 146 de la Ley de Transparencia, el cual establece que las resoluciones del ITAIG en materia de revisión podrán ser recurridas por las partes ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado; no obstante que la fracción cuarta del artículo sexto de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos menciona que “Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión”, y el Tribunal de lo Contencioso no es un órgano especializado en transparencia y acceso a la información.
Consejo de Políticas Públicas
Entre las novedades de la propuesta de Constitución destaca la creación de un organismo cuyas funciones serán la planificación, diseño, seguimiento y verificación de resultados de políticas públicas, que si funciona bien, contribuirá al mejoramiento de la función pública y al cumplimiento de los derechos de las y los guerrerenses.
El Consejo de Políticas Públicas considera la participación de los poderes públicos, de los ciudadanos y de las organizaciones sociales, de profesionistas y empresariales del estado, y entre sus limitaciones está que sus opiniones y recomendaciones no son vinculantes, y de acuerdo con experiencias anteriores, se puede convertir en un organismo decorativo.
Joyas de la opacidad y la rendición de cuentas.
Son reveladores los resultados preliminares que publica el ayuntamiento de Acapulco sobre una consulta ciudadana para formular su plan municipal de desarrollo (respuestas al 2 de enero de 2013 acopiadas en sus módulos y página web).
Por ejemplo, una de las preguntas es: ¿cómo considera que se pueden resolver los problemas del municipio?
El 27.5 por ciento de las respuestas afirmó que con una mejor planeación; 25.9 por ciento dijo que con mayor participación ciudadana; 25.2 por ciento mencionó que con la mejor aplicación de los recursos; y 21.1 por ciento contestó que con más recursos financieros.
Es decir, la ciudadanía exige que haya racionalidad en el ejercicio del presupuesto a través de la planificación de las acciones para que los recursos se gasten realmente donde más se requieren; con “la mejor aplicación de los recursos” se refieren a su ejercicio honesto y transparente y a la eficacia del quehacer gubernamental.
Igualmente destaca que las personas que contestaron el cuestionario se refieran a la incorporación de la participación ciudadana como una de las prioridades para resolver los problemas del municipio.
Sin duda, la interpretación de las respuestas a esta pregunta plantea al ayuntamiento que encabeza Luis Walton un enorme reto, sobre todo porque deben revertir vicios e inercias que se arrastran de gestiones municipales anteriores.
Se trata sin duda de una versión actualizada y en muchos aspectos mejorada de la ley fundamental que nos rige actualmente, pero que no deja de tener asuntos que pueden mejorarse.
Los temas de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas son novedosos en la propuesta de Constitución, al igual que la inclusión de mecanismos de democracia directa como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular. Sin embargo, en otros asuntos se observan retrocesos como la pérdida de independencia del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información o la ausencia del importante mecanismo de control social que es la revocación del mandato.
Lo bueno
Sin duda destaca la inclusión, entre las obligaciones del Estado, de conceptos clave que no están incluidas en la Constitución vigente, y que de cumplirse cabalmente podrían permitir el escrutinio social y el mejoramiento de la gestión pública (artículo 3 de la propuesta).
Tal es el caso del acceso a la información pública de las instituciones de gobierno y la transparencia del ejercicio de la función pública, que al incluirse en la Constitución del estado robustecerán y darán un mayor peso a la actual Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será congruente con el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que fue modificado en 2007 precisamente para que hubiera un piso mínimo en la materia en los estados del país.
La propuesta de Constitución establece también como obligación del Estado “abatir la corrupción y la impunidad, y sancionar a los infractores de conformidad con las leyes de la materia”, además de “privilegiar la rendición de cuentas y garantizar que los recursos se manejen con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y que su destino y ejercicio cumpla con los objetivos para los que fueron programados”.
Es importante que estos enunciados queden dentro de la Constitución local porque serán referentes para exigir el combate a la corrupción y una efectiva rendición de cuentas; sin embargo, aunque se establecen como obligaciones del Estado, será en la etapa de la creación o modificación de las leyes secundarias donde se observará la real disposición de cambio, ya que en materia de corrupción y rendición de cuentas se ha abusado en la retórica en detrimento de la práctica y los hechos.
Algunos de estos principios se plantean como derechos de las y los guerrerenses en el artículo 11 de la propuesta de Constitución, como son los casos de las fracciones siete “Acceder de manera efectiva a la información pública del Estado”, y once “Exigir que las autoridades del Estado rindan cuentas de manera oportuna y que sus actos sean transparentes y públicos”.
En estos casos también será necesaria la presión social para que las leyes secundarias reflejen con amplitud y efectividad esos derechos ciudadanos, y sobre todo distinguir entre la rendición de cuentas que se da entre instituciones (las entidades y dependencias públicas hacia la Contraloría General del Estado o ante las Auditorías Superior de la Federación o General del Estado) y la rendición de cuentas social, hacia los ciudadanos.
Es importante considerar sobre todo la fracción once porque será necesario reglamentar mecanismos efectivos para que los ciudadanos pueden exigir la rendición de cuentas institucional (la intervención de los órganos fiscalizadores); pero también esta Constitución deberá especificar de qué manera el Estado rendirá cuentas a la ciudadanía, ya que en el cuerpo del documento no se observan mecanismos específicos.
Mecanismos de democracia directa
Hay una novedad dentro de la propuesta de Constitución, específicamente en el artículo 16, en donde se señala que “el estado de Guerrero adopta la forma de gobierno republicano, democrático, laico, representativo, popular y participativo”.
Los dos últimos adjetivos comprometen de manera importante al gobierno estatal, y se tendrán que hacer valer en toda la legislación secundaria.
La introducción de mecanismos de democracia directa (referéndum, plebiscito e iniciativa popular) no es nueva en la legislación de Guerrero.
Uno de los antecedentes de estas figuras está en el artículo 25 de la actual Constitución, en donde se establece que el gobierno del estado “someterá a consulta de la ciudadanía, conforme a las técnicas y métodos del referéndum, los asuntos que de manera trascendente afecten el bienestar popular y reclamen importantes recursos fiscales”. Sin embargo, no existe ninguna noticia de que algún gobernador haya practicado este ejercicio ciudadano.
El otro antecedente está en la Ley de Participación Ciudadana del estado en donde se legislaron, entre otras formas de participación ciudadana, referéndum, plebiscito e iniciativa popular.
Cabe recordar que desde 2007, año en que fue aprobada la Ley de Participación Ciudadana, no se ha practicado ninguno de los mecanismos ciudadanos que propone, ha sido letra muerta. La única vez que se tuvo oportunidad de poner en marcha uno de ellos (el de la iniciativa popular) fue en 2011, cuando varias organizaciones campesinas diseñaron y propusieron la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, pero la presentaron a través de un diputado local, ya que durante cinco años el Congreso local nunca modificó el artículo 50 de la actual Constitución del estado que se refiere a los actores que pueden iniciar leyes limitándolos al gobernador, a los diputados, al Tribunal Superior de Justicia y a los ayuntamientos en el ámbito de su competencia.
La propuesta de Constitución (artículo 11) reconoce como derechos de las y los guerrerenses “participar en los procesos de referéndum, plebiscito y demás instrumentos de participación ciudadana”, además de “presentar iniciativas de ley ante el Congreso del Estado, con excepción de la materia penal y tributaria, en los términos que establezca la ley”.
Más adelante, la misma propuesta menciona en el artículo 17 que “la ley regulará los instrumentos de participación ciudadana, y las formas y modalidades en que éstos tendrán efectos vinculantes sobre las decisiones de los poderes públicos”.
Sin duda, es un gran paso incluir estos mecanismos de participación ciudadana en la ley fundamental del estado, pero de manera independiente es necesario hacer un diagnóstico de por qué, a cinco años de aprobada la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, ésta nunca operó.
Este diagnóstico deberá dar luz sobre los mecanismos que ahí se proponen, para incluir además del referéndum, el plebicito y la iniciativa popular, mecanismos viables que respondan a las necesidades del estado. En todo caso, la ley de participación ciudadana deberá modificarse, para proponer nuevos mecanismos de participación, sencillos y de acuerdo con los usos y costumbres de las y los guerrerenses, y sobre todo hacer vinculantes los resultados de los ejercicios de participación ciudadana.
En este apartado hay una figura ausente, la revocación de mandato. En los foros de consulta sin duda serán recurrentes las propuestas para que esta forma de control ciudadano hacia sus gobernantes se incluya en la nueva Constitución del estado.
Sobre el ITAIG
Hay claroscuros en lo que se propone en el documento que está en discusión respecto del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al que se le dedica un capítulo completo.
No obstante que el artículo 112 garantiza la autonomía e independencia de los órganos autónomos del Estado, el artículo 132 señala que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se integrará con tres consejeros nombrados por la mayoría de los diputados del Congreso del estado, a propuesta del gobernador.
Agrega la propuesta de Constitución que “para efectos del párrafo anterior, el gobernador del estado presentará una propuesta por cada uno de ellos al Congreso del estado, el que verificará los requisitos de elegibilidad y aprobará o rechazará el nombramiento”.
Más adelante se menciona que si el Congreso del estado rechaza en dos ocasiones las propuestas de candidatos que presente el gobernador, en la tercera hará el nombramiento de los comisionados del ITAG de manera directa.
Con el artículo 132 se da un paso atrás en la independencia del ITAIG, ya que las propuestas de candidatos tendrán su origen en el Ejecutivo del estado, y ya no serían a través de convocatorias abiertas –cualquier persona que se sintiera con las capacidades y competencias en la materia podía concursar– como lo establece la actual Ley de Transparencia.
Otro punto relativo al órgano garante de la transparencia en el estado está en el artículo 117 de la Constitución a debate, específicamente en la fracción dos: “Los actos y resoluciones de los órganos autónomos estarán sujetos a control jurisdiccional en los términos dispuestos en la ley, con excepción de los que emanen de la Comisión de Derechos Humanos y del Instituto de Transparencia, que serán definitivos”.
Con este párrafo, se “quita de la inconstitucionalidad” al artículo 146 de la Ley de Transparencia, el cual establece que las resoluciones del ITAIG en materia de revisión podrán ser recurridas por las partes ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado; no obstante que la fracción cuarta del artículo sexto de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos menciona que “Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión”, y el Tribunal de lo Contencioso no es un órgano especializado en transparencia y acceso a la información.
Consejo de Políticas Públicas
Entre las novedades de la propuesta de Constitución destaca la creación de un organismo cuyas funciones serán la planificación, diseño, seguimiento y verificación de resultados de políticas públicas, que si funciona bien, contribuirá al mejoramiento de la función pública y al cumplimiento de los derechos de las y los guerrerenses.
El Consejo de Políticas Públicas considera la participación de los poderes públicos, de los ciudadanos y de las organizaciones sociales, de profesionistas y empresariales del estado, y entre sus limitaciones está que sus opiniones y recomendaciones no son vinculantes, y de acuerdo con experiencias anteriores, se puede convertir en un organismo decorativo.
Joyas de la opacidad y la rendición de cuentas.
Son reveladores los resultados preliminares que publica el ayuntamiento de Acapulco sobre una consulta ciudadana para formular su plan municipal de desarrollo (respuestas al 2 de enero de 2013 acopiadas en sus módulos y página web).
Por ejemplo, una de las preguntas es: ¿cómo considera que se pueden resolver los problemas del municipio?
El 27.5 por ciento de las respuestas afirmó que con una mejor planeación; 25.9 por ciento dijo que con mayor participación ciudadana; 25.2 por ciento mencionó que con la mejor aplicación de los recursos; y 21.1 por ciento contestó que con más recursos financieros.
Es decir, la ciudadanía exige que haya racionalidad en el ejercicio del presupuesto a través de la planificación de las acciones para que los recursos se gasten realmente donde más se requieren; con “la mejor aplicación de los recursos” se refieren a su ejercicio honesto y transparente y a la eficacia del quehacer gubernamental.
Igualmente destaca que las personas que contestaron el cuestionario se refieran a la incorporación de la participación ciudadana como una de las prioridades para resolver los problemas del municipio.
Sin duda, la interpretación de las respuestas a esta pregunta plantea al ayuntamiento que encabeza Luis Walton un enorme reto, sobre todo porque deben revertir vicios e inercias que se arrastran de gestiones municipales anteriores.
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